Los días del calendario litúrgico en los que no se celebran matrimonios
Mejor evitemos buscar cómo celebrar bodas en los días en los que la Iglesia no lo permite, y renunciemos a quién sabe qué supersticiones.
En relación con este problema existe una tradición, según la cual en mayo no es bueno celebrar nupcias —ceremonias civiles y religiosas—, así como los banquetes que suelen hacerse para divertirse con todos los convidados al enlace. Esta práctica es ampliamente conocida y respetada, argumentándose que los matrimonios celebrados en mayo están destinados a fracasar, al punto de que los nuevos esposos pronto terminarán separándose.
Desde un punto de vista teológico o eclesiástico, no hay ningún fundamento para tal práctica. No hay ningún canon de la Iglesia que mencione esta situación. De acuerdo con las disposiciones de la Iglesia, hay días precisos en los que no se celebran bodas durante el año litúrgico, como vemos en el Calendario Ortodoxo. Hay ciertos días, vinculados a los períodos más importantes del año litúrgico, que se refieren a los momentos sea de ayuno, o a las grandes fiestas. Así, por ejemplo, no se celebran bodas en los siguientes días del año litúrgico:
1. En los cuatro períodos principales de ayuno, es decir, el Ayuno Mayor, que empieza siete semanas antes de la Pascua, el Ayuno de la Natividad del Señor (14 noviembre-24 diciembre), el Ayuno de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo, que varía cada año, es decir, desde el Domingo de Todos los Santos, hasta el día de la festividad, y en el Ayuno de la Dormición de la Madre del Señor (1-15 agosto). Se ha conservado, como una clase de licencia, la posibilidad de celebrar matrimonios en el Ayuno de la Natividad, hasta el día de San Nicolás (6 diciembre), pero sólo con la dispensa o autorización del jerarca del lugar, en casos excepcionales y sin que se haga el posterior festín de costumbre, sino algo más sobrio y austero.
2. En todos los miércoles y viernes del año litúrgico, siendo días marcados como de ayuno.
3. El 14 septiembre (Exaltación de la Santa Cruz) y el 29 de agosto (Decapitación de San Juan el Bautista), cuando también ayunamos, sin importar en qué día de la semana caigan estas conmemoraciones.
4. En la “Semana del Queso”, es decir siete días antes de la Gran Cuaresma, considerada una etapa de preparación para el ayuno.
5. En la “Semana Luminosa”, es decir, entre la Pascua y el Domingo de Tomás, en las vísperas y en los días de las fiestas reales y en el período comprendido entre la Navidad y la Teofanía (25 diciembre-6 enero).
La Iglesia prohíbe la celebración de bodas en los períodos y en los días de ayuno, porque la alegría, los convites y las fiestas que implican las nupcias no concuerdan con la atmósfera de recogimiento, contrición y sobriedad que requiere el ayuno. Celebrar bodas en esos días significaría retar o burlarse de las disposiciones de la Iglesia que buscan nuestra perfección moral. Asimismo, la Iglesia prohíbe la celebración de matrimonios en los días de fiestas reales, en sus vísperas o en los períodos que dependen de estas, para que el gozo espiritual de dichas conmemoraciones no se vea ensombrecido o disminuido por otro, más terrenal y mundano, el de los agasajos propios de las bodas.
La costumbre de no celebrar bodas en mayo parece bizarra y difícil de explicar. Mejor evitemos buscar cómo celebrar bodas en los días en los que la Iglesia no lo permite, y renunciemos a quién sabe qué supersticiones.
(Traducido de: Pr. Prof. Dr. Nicolae D. Necula, Tradiție și înnoire în slujirea liturgică, volumul I, Editura Episcopiei Dunării de Jos, Galați, 1996, pp. 224-226)